Cremaron por error a un veterano de Malvinas y deberán indemnizar a su viuda por impedirle la despedida

Una funeraria de Mar del Plata quemó el cuerpo de Isidoro Alfredo Martínez un día antes de lo acordado. La Justicia calificó el hecho como una “negligencia inexcusable” y ordenó una compensación por el daño moral.

Provincia19/06/2025Redacción infoPBARedacción infoPBA
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Cremaron por error a un veterano de Malvinas y deberán indemnizar a su viuda por impedirle la despedida

El Juzgado Civil y Comercial N°11 de Mar del Plata condenó a la funeraria Roldán por haber cremado de forma anticipada los restos de Isidoro Alfredo Martínez, un excombatiente de Malvinas de 68 años, impidiendo que su esposa y sus allegados pudieran realizar la ceremonia de despedida programada. El caso fue calificado como una “negligencia inexcusable”.

Martínez había fallecido en junio de 2022 por un paro cardíaco. Su pareja contrató los servicios de Roldán para el traslado desde el Hospital Privado de Comunidad y acordó la cremación para el 14 de junio, después de un cortejo y un homenaje con el tradicional toque de diana, en reconocimiento a su servicio a bordo del buque pesquero argentino Narwal durante la Guerra de Malvinas. Incluso, en 2007 había recibido la “Distinción al Mérito Ciudadano” por parte del Concejo Deliberante local.

Sin embargo, la tarde del 13 de junio, un llamado cambió todo: la funeraria había cremado por error el cuerpo un día antes. El desperfecto se originó por una placa de identificación colocada de forma incorrecta, lo que llevó a enviar equivocadamente el féretro de Martínez al crematorio del cementerio Los Robles. Según determinó la jueza Patricia Juez, Roldán no realizó el control obligatorio de precintos, etiquetas y pulsera identificativa, como exige el protocolo para evitar confusiones de este tipo.

Familiares y amigos habían sido convocados para el último adiós, pero la ceremonia nunca pudo concretarse. Un día después, la viuda retiró una urna con cenizas cuya identidad nunca pudo comprobarse.

La Justicia absolvió de responsabilidad al cementerio privado al considerar que recibe los féretros ya cerrados y certificados por las casas funerarias, y responsabilizó exclusivamente a Roldán, que ahora deberá pagar una indemnización por daño moral y un daño punitivo para reparar y prevenir hechos similares.

El informe psicológico presentado descartó daño clínico en la esposa de Martínez, pero la magistrada sí avaló el impacto moral de no haber podido realizar la despedida de acuerdo con la voluntad de la familia y la relevancia histórica del fallecido.

Desde INFOPBA (www.infopba.com) se seguirá de cerca la liquidación del monto final de la condena, que aún resta definir.

Redacción del Diario INFOPBA

Opinión: Este fallo, más allá de la reparación económica, expone la necesidad de reforzar controles en los servicios funerarios para evitar daños irreversibles en momentos de profundo dolor, especialmente cuando se trata de figuras con valor histórico y social como nuestr

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