La Justicia respaldó a Escobar y habilitó el cobro de tasas municipales vía facturas de luz y gas

#Escobar | La Cámara Federal de San Martín declaró inconstitucional una resolución nacional que prohibía a los municipios cobrar tasas a través de servicios públicos. El fallo representa un triunfo para la autonomía local y un revés para el ministro Luis Caputo.

Provincia16/07/2025Redacción infoPBARedacción infoPBA
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La Justicia respaldó a Escobar y habilitó el cobro de tasas municipales vía facturas de luz y gas

La Cámara Federal de San Martín emitió un fallo clave que autoriza al municipio de Escobar a continuar recaudando tasas municipales mediante la inclusión de estos tributos en las facturas de luz y gas, dejando sin efecto una resolución nacional que intentaba prohibir esta modalidad.

Los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández confirmaron la inconstitucionalidad de la Resolución 267/2024, dictada por la Secretaría de Comercio, que impedía a los gobiernos locales cobrar impuestos a través de los servicios públicos bajo el argumento de que se trataba de conceptos ajenos.

Este fallo, además de ratificar la autonomía municipal garantizada por la Constitución, representa un fuerte revés para el ministro Luis Caputo y su intento de limitar las formas de recaudación de las comunas, modalidad que muchos intendentes utilizan para asegurar mayor efectividad en la cobranza.

La Municipalidad de Escobar, encabezada por Ariel Sujarchuk (UxP), inició una acción judicial argumentando que la resolución nacional invade competencias locales y vulnera el principio de autonomía municipal, impidiendo elegir libremente los mecanismos de cobro de las tasas.

La Cámara consideró que la prohibición afecta directamente el derecho municipal de imponer y recaudar contribuciones sin intervención de autoridades nacionales, y señaló que la medida nacional, en lugar de coordinar funciones con los municipios, altera los principios del federalismo consagrados por la Corte Suprema.

En palabras del tribunal, la Resolución 267/2024 es una restricción “irrazonable y desproporcionada” al ejercicio de la autonomía local, que interfiere injustificadamente en facultades constitucionalmente asignadas a los municipios.

Este pronunciamiento judicial sienta un precedente relevante en la relación entre Nación y provincias, y reafirma el rol de los municipios en la gestión y administración de sus recursos, lo que impacta directamente en las finanzas comunales y su capacidad de brindar servicios a la comunidad.

Para más detalles y actualizaciones, consulte INFOPBA, referente en cobertura judicial y política en la provincia.

Redacción del Diario INFOPBA


Opinión Pública

Especialistas en derecho constitucional y administración pública coinciden en que el fallo es un paso firme para preservar la autonomía municipal, uno de los pilares del federalismo argentino. La decisión también alerta sobre posibles intentos de centralización de competencias que pueden afectar la gobernabilidad local y la prestación de servicios básicos.

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